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La Junta de Extremadura convoca ayudas a la contratación para impulsar la conciliación familiar y laboral

La Junta de Extremadura convoca ayudas a la contratación para impulsar la conciliación familiar y laboral
Foto: Pixabay. StockSnap
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El Decreto 44/2024 establece las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, y aprueba la primera convocatoria de estas subvenciones, cuyo objetivo es impulsar la conciliación de la vida familiar y laboral y promover la corresponsabilidad entre mujeres y hombres, para contribuir a conseguir el principio de igualdad por razón de género en todos los ámbitos y la revitalización demográfica de la región.

La conciliación laboral busca crear un hábito de trabajo que permita compatibilizar la vida personal con el empleo. Esta, además, incita a crear una igualdad entre hombre y mujer tanto en el trabajo como fuera de él. Con ello se fomenta también la corresponsabilidad, entendida como el reparto equilibrado entre mujeres y hombres de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado de las personas en situación de dependencia.

Con esta convocatoria se pretende mejorar la empleabilidad de las personas trabajadoras de Extremadura, propiciando fórmulas para conciliar que permitan el acceso y la permanencia en el mercado laboral, tras las dificultades sobrevenidas por la situación de crisis sanitaria, además de mejorar el acceso a recursos que permitan conciliar a trabajadores del medio rural, con menores posibilidades y recursos que las poblaciones de mayor tamaño y, por último, motivar hacia el empleo en el sector de los cuidados a personas desempleadas o en riesgo de vulnerabilidad.

En este sentido, se consideran colectivos vulnerables, a efectos de estas ayudas, tanto a las unidades familiares que se encuentran obligadas a compatibilizar la jornada de trabajo con las responsabilidades derivadas del cuidado de hijos menores de 14 años o familiares dependientes, como a aquellas personas desempleadas o que puedan encontrarse en riesgo de vulnerabilidad, susceptibles de contratación para el cuidado a domicilio de las personas descritas.

Se trata de promover una participación equilibrada de género en el mercado laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y familiar. Por otro lado, se contribuirá a fijar la población en el medio rural, al favorecer la participación e incorporación de las mujeres desempleadas del medio rural al mercado de trabajo con el objeto de lograr una mayor diversificación económica de este y un refuerzo de los recursos existentes en el territorio.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas que contraten a una persona para el cuidado, en el domicilio, de hijos menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. La persona a la que se contrate deberá estar dada de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar integrado en el Régimen General de la Seguridad Social y al corriente en el pago de las cuotas a Seguridad Social durante todo el periodo subvencionable. Podrá ser subvencionable la contratación de familiares de segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre que quede acreditado el pago del salario.

Esta línea de subvenciones se financiará dentro del Programa Operativo del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, ‘Objetivo Político 4. Una Europa más social e inclusiva’, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales. ‘Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social. Objetivo específico: ESO4.3. Promover una participación equilibrada de género en el mercado laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar’, en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles y de atención a personas dependientes. ‘Línea de actuación 1.C.01-Medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal para familias vulnerables’.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de octubre de 2024. Una vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención en un único abono por el 100% del importe previsto en la resolución de concesión. El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud.

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